Articulo 13 Financiacion de los partidos politicos
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Artículo 13. º Justificación de las cuotas, aportaciones y donaciones efectuadas.

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La aplicación del régimen tributario establecido en el artículo anterior estará condicionada a que la persona física disponga del documento acreditativo de la aportación, donación o cuota satisfecha al partido político perceptor.