Articulo 1255 Código civil

Articulo 1255 Código civil

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1255

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889
Conceptos Jurídicos