Articulo 103 Ley de Sociedades de Capital
Articulo 103 Ley de Socie...de Capital

Articulo 103 Ley de Sociedades de Capital

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 103. Modificaciones estatutarias lesivas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Toda modificación estatutaria que lesione directa o indirectamente los derechos de las participaciones sociales o de acciones sin voto exigirá el acuerdo de la mayoría de las participaciones sociales o de las acciones sin voto afectadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010