Articulo 1 TR. de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación
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»Artículo 1. Objeto.
Esta ley tiene por objeto evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2016 en vigor desde 01-01-2017