Articulo 1 TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-
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»Artículo 1. Derecho de los españoles a la Seguridad Social.
Vigente
El derecho de los españoles a la Seguridad Social, establecido en el artículo 41 de la Constitución, se ajustará a lo dispuesto en la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-10-2015 en vigor desde 02-01-2016