Articulo 1 Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización...trabajadores de EPIS
Articulo 1 Disposiciones ...es de EPIS

Articulo 1 Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de EPIS

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1. Objeto.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El presente Real Decreto establece, en el marco de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la elección, utilización por los trabajadores en el trabajo y mantenimiento de los equipos de protección individual.

2. Las disposiciones del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, se aplicarán plenamente al conjunto del ámbito contemplado en el apartado 1, sin perjuicio de las disposiciones específicas contenidas en el presente Real Decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-06-1997 en vigor desde 12-06-1997