Anexo 1 Tratado de la Unión Europea -TUE- y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea -TFUE-
Anexo 1 Tratado de la Uni...pea -TFUE-

Anexo 1 Tratado de la Unión Europea -TUE- y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea -TFUE-

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ANEXO I. LISTA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 38 DEL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA

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LISTA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 38 DEL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA

(1)

(2)

Partidas de la nomenclatura de Bruselas

Denominación de los productos

Capítulo 1

Animales vivos

Capítulo 2

Carnes y despojos comestibles

Capítulo 3

Pescados, crustáceos y moluscos

Capítulo 4

Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural

Capítulo 5

05.04

Tripas, vejigas y estómagos de animales (distintos de los de pescado), enteros o en trozos

05.15

Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otras partidas; animales muertos de los capítulos 1 o 3, impropios para el consumo humano

Capítulo 6

Plantas vivas y productos de la floricultura

Capítulo 7

Legumbres, plantas, raíces y tubérculos alimenticios

Capítulo 8

Frutos comestibles; cortezas de agrios y de melones

Capítulo 9

Café, té y especias, con exclusión de la yerba mate (partida 09.03)

Capítulo 10

Cereales

Capítulo 11

Productos de la molinería; malta; almidones y féculas; gluten; inulina

Capítulo 12

Semillas y frutos oleaginosos; semillas, simientes y frutos diversos; plantas industriales y medicinales; pajas y forrajes

Capítulo 13

ex 13.03

Pectina

Capítulo 15

15.01

Manteca, otras grasas de cerdo y grasas de aves de corral, prensadas o fundidas

15.02

Sebos (de las especies bovina, ovina y caprina) en bruto o fundidos, incluidos los sebos llamados «primeros jugos»

15.03

Estearina solar; oleoestearina; aceite de manteca de cerdo y oleomargarina no emulsionada, sin mezcla ni preparación alguna

15.04

Grasas y aceites de pescado y de mamíferos marinos, incluso refinados

15.07

Aceites vegetales fijos, fluidos o concretos, brutos, purificados o refinados

15.12

Grasas y aceites animales o vegetales hidrogenados, incluso refinados, pero sin preparación ulterior

15.13

Margarina, sucedáneos de la manteca de cerdo y otras grasas alimenticias preparadas

15.17

Residuos procedentes del tratamiento de los cuerpos grasos o de las ceras animales o vegetales

Capítulo 16

Preparados de carnes, de pescados, de crustáceos y de moluscos

Capítulo 17

17.01

Azúcares de remolacha y de caña, en estado sólido

17.02

Otros azúcares; jarabes; sucedáneos de la miel, incluso mezclados con miel natural; azúcares y melazas caramelizadas

17.03

Melazas, incluso decoloradas

17.05 (1)

Azúcares, jarabes y melazas aromatizados o con adición de colorantes (incluidos el azúcar con vainilla o vainillina), con excepción de los zumos de frutas con adición de azúcar en cualquier porcentaje

Capítulo 18

18.01

Cacao en grano, entero o partido, crudo o tostado

18.02

Cáscara, cascarilla, películas y residuos de cacao

Capítulo 20

Preparados de legumbres, de hortalizas, de frutas y de otras plantas o partes de plantas

Capítulo 22

22.04

Mosto de uva parcialmente fermentado, incluso «apagado» sin utilización de alcohol

22.05

Vinos de uva; mosto de uva «apagado» con alcohol (incluidas las mistelas)

22.07

Sidra, perada, aguamiel y otras bebidas fermentadas

ex 22.08 (1)

ex 22.09 (1)

Alcohol etílico desnaturalizado o sin desnaturalizar, de cualquier graduación, obtenido con los productos agrícolas que se enumeran en el anexo I, con exclusión de los aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas; preparados alcohólicos compuestos (llamados «extractos concentrados») para la fabricación de bebidas

22.10 (1)

Vinagre y sus sucedáneos comestibles

Capítulo 23

Residuos y desperdicios de las industrias alimenticias; alimentos preparados para animales

Capítulo 24

24.01

Tabaco en rama o sin elaborar; desperdicios de tabaco

Capítulo 45

45.01

Corcho natural en bruto y desperdicios de corcho; corcho triturado, granulado o pulverizado

Capítulo 54

54.01

Lino en bruto (mies de lino), enriado, espadado, rastrillado (peinado) o trabajado de otra forma, pero sin hilar; estopas y desperdicios de lino (incluidas las hilachas)

Capítulo 57

57.01

Cáñamo (Cannabis sativa) en rama, enriado, espadado, rastrillado (peinado) o trabajado de otra forma, pero sin hilar; estopas y desperdicios de cáñamo (incluidas las hilachas)

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-06-2016 en vigor desde 07-06-2016