Última revisión
14/04/2023
Sentencia Contencioso-Administrativo Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo, Rec. 9464/1995 de 05 de marzo del 2001
Sentencia
Relacionados:
Legislación
Marginales
Orden: Administrativo
Fecha: 05 de Marzo de 2001
Tribunal: TS
Ponente: JAIME ROUANET MOSCARDO
Nº de recurso: 9464/1995
Núm. Cendoj: 28079130022001100463
Núm. Ecli: ES:TS:2001:1657
Núm. Roj: STS 1657:2001
Resumen
I. V. A.: Devengo: Pagos periódicos mediante certificaciones de obra: "Los contratos de obra, cuya ejecución en tramos se paga paralelamente mediante certificaciones de lo hecho, van haciendo nacer, así, simultáneamente, la correspondiente cuota, también a trozos o parcialmente" (S. TS. 12 y 15.12.1990 y 3.1.1991).- Por ello, el tipo de gravamen aplicable, si las certificaciones de obras se expiden (y se cobran -o se tiene, ya, el derecho a cobrar- paralelamente, se entiende) antes del 1.1.1992, debe ser el del 12% y no el del 13%, vigente a partir de la citada fecha. Hay contradicción entre dos sentencias del TSJ de Valencia y prevalece la tesis sostenida en la de instancia.- Se desestima, pues, el Rec. Cas. Unificación doctrina.-
Voces
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Pago anticipado
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Devengo del IVA
Prestación de servicios
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Deuda tributaria
Negocio jurídico
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