Sentencia Civil Nº 1007/2005, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec...de Diciembre de 2005
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Sentencia Civil Nº 1007/2005, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 1710/1999 de 15 de Diciembre de 2005
Sentencia
Relacionados:
Legislación
Marginales
Orden: Civil
Fecha: 15 de Diciembre de 2005
Ponente: VILLAGOMEZ RODIL, ALFONSO
Nº de sentencia: 1007/2005
Nº de recurso: 1710/1999
Núm. Cendoj: 28079110012005100960
Resumen
Se aporta en el motivo infracción del art. 1591 CC y jurisprudencia, para sostener que al recurrente, en su condición profesional de Arquitecto Técnico de la obra contratada, consistente en la edificación de setenta y siete viviendas y correspondientes actividades urbanísticas, no le alcanza responsabilidad alguna por las deficiencias que presentaba la red de saneamiento de la urbanización, pues sólo son imputables al Arquitecto autor del proyecto y que también resultó condenado. Se trata de actividad con proyecto deficiente y no adecuado para que pudiera desarrollarse efectiva evacuación de las aguas pluviales y fecales de un número considerable de viviendas y, a su vez, con ejecución incorrecta por no haberse adoptado lo necesario para la subsanación o corrección de lo que se presentaba defectuoso y es en este momento del proceso constructivo, es decir de obra mal realizada, por integrarse con soluciones técnicamente no aceptables, cuando entra en consideración la responsabilidad del Arquitecto Técnico que consintió y dirigió una obra con tales características, pues le correspondía la vigilancia y control inmediato y directo y en todo momento de las ejecuciones materiales llevadas a cabo, debiendo supervisar los trabajos por completo incluso de suspenderlos dando cuenta al Arquitecto director.
Voces
Arquitecto técnico
Responsabilidad del arquitecto
Informes periciales
Vicios o defectos constructivos
Vicios ruinógenos
Daños y perjuicios
Ius cogens
Buenas prácticas