Guarda de hecho y desamparo. Ponderación de las singularidades de cada caso. Se...rso número 2762/2013
Última revisión
Guarda de hecho y desamparo. Ponderación de las singularidades de cada caso. Se fija doctrina. Sentencia del Tribunal Supremo, Sección 1, de 27 de octubre de 2014, número 582/2014; Recurso número 2762/2013
Sentencia
Relacionados:
Legislación
Marginales
Iter Procesal
Comentario
Orden: Civil
Fecha: 27 de Octubre de 2014
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: BAENA RUIZ, EDUARDO
Nº de sentencia: 582/2014
Nº de recurso: 2762/2013
Núm. Cendoj: 28079110012014100534
Núm. Ecli: ES:TS:2014:4243
Núm. Roj: STS 4243/2014
Resumen
Desamparo. Guardador de hecho. Las circunstancias concretas de la guarda de hecho son las determinantes a la hora de decidir la situación jurídica respecto de su eficaz protecciónDesamparo. Se declara que cuando un guardador de hecho preste a un menor la necesaria asistencia, supliendo el incumplimiento de los progenitores de los deberes de protección establecidos por las leyes respecto de la guarda de aquél, ni se excluye ni se impone declarar la situación de desamparo, debiendo ser las circunstancias concretas de la guarda de hecho, interpretadas al amparo del superior interés del menor, las determinantes a la hora de decidir la situación jurídica respecto de su eficaz protección.
Voces
Desamparo
Guarda de hecho
Tutela
Abuelos paternos
Situación desamparo
Interés del menor
Patria potestad
Protección de menores
Constitución de la tutela
Situación legal de desamparo
Menor de edad
Guarda de menores
Acogimiento familiar
Padres biológicos
Interés superior del menor
Ope legis
Incapacidad
Representación procesal
Acogimiento
Guarda y custodia
Tutela del menor
Protección jurídica del menor
Mandato
Seguridad jurídica
Acogedores
Integración social
Concepto jurídico indeterminado
Adoptante
Tutor
Nieto