Última revisión
18/03/2026
Caso práctico: ¿Puede aplicar el régimen de recargo de equivalencia un empresario que fabrica y vende pan, y que también vende otros productos alimenticios?
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 18/03/2026
Se analiza si puede aplicarse el régimen especial del recargo de equivalencia en el IVA por un empresario que se dedique a la fabricación y venta de pan y bollería, así como a la venta de otros productos alimenticios.
PLANTEAMIENTO
Una persona física se dedica a la fabricación y venta al por menor de pan y bollería, así como a la venta de otros productos alimenticios también al por menor. Está dado de alta en varios epígrafes de la agrupación 64 del IAE.
¿Puede aplicar el régimen especial del recargo de equivalencia en el IVA?
RESPUESTA
Para poder determinar si en el caso planteado resulta procedente la aplicación...
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