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»Última revisión
29/04/2025
iva
¿Qué exenciones existen en el IVA para la importación de bienes personales por traslado de residencia o para amueblar una segunda vivienda?
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Legislación
Vademecum: iva
Fecha última revisión: 21/03/2025
De conformidad con el artículo 29 de la LIVA, se consideran bienes personales los destinados normalmente al uso personal del interesado o de las personas que convivan con él o para las necesidades de su hogar, siempre que, por su naturaleza y cantidad, no pueda presumirse su afectación a una actividad empresarial o profesional. Ahora bien, también tienen tal carácter los instrumentos portátiles ...
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