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Última revisión
21/04/2026

irpf

El rendimiento neto y los gastos deducibles de los rendimientos del capital inmobiliario

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Vademecum: irpf

Fecha última revisión: 25/03/2026


El rendimiento neto del capital inmobiliario se encuentra constituido por la diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos deducibles.

Así, para la obtención del rendimiento neto debemos deducir del rendimiento íntegro los gastos deducibles previstos en el artículo 23.1 de la LIRPF, así como las reducciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 23 de la LIRPF.

En este punto debemos señalar, respecto de los gastos deducibles, que ya hemos detallado en el apartado anterior, que tal y como dispone la sentencia del Tribunal Supremo n.º 270/2021, de 25 de febrero, ECLI:ES:TS:2021:910:

«Según el artículo 23.1 LIRPF, los gastos asociados a dichos bienes inmuebles deben admitirse como deducibles única y exclusivamente por el tiempo en que los mismos estuvieron arrendados y generaron rentas, en la proporción que corresponda».