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»Última revisión
29/04/2025
irpf
Cuota líquida estatal del IRPF
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Vademecum: irpf
Fecha última revisión: 15/04/2025
La cuota líquida estatal del impuesto será el resultado de disminuir la cuota íntegra estatal en la suma de (artículo 67 de la LIRPF) :
- La deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación prevista en el apartado 1 del artículo 68 de la LIRPF.
- El 50% el importe total de las deducciones previstas en los apartados 2, 3, 4 y 5 del artículo 68 de la LIRPF. (Deducción por actividades económicas, deducciones por donativos y otras aportaciones, deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla y deducción por actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español)
El resultado de las operaciones a que se refiere el apartado anterior no podrá ser negativo.
