Cuota líquida estatal del IRPF
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Última revisión
29/04/2025

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Cuota líquida estatal del IRPF

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Vademecum: irpf

Fecha última revisión: 15/04/2025


La cuota líquida estatal del impuesto será el resultado de disminuir la cuota íntegra estatal en la suma de (artículo 67 de la LIRPF) :

  • La deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación prevista en el apartado 1 del artículo 68 de la LIRPF.
  • El 50% el importe total de las deducciones previstas en los apartados 2, 3, 4 y 5 del artículo 68 de la LIRPF. (Deducción por actividades económicas, deducciones por donativos y otras aportaciones, deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla y deducción por actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español)

 El resultado de las operaciones a que se refiere el apartado anterior no podrá ser negativo.