Cuota líquida autonómica del IRPF
Ver Indice
»

Última revisión
29/04/2025

irpf

Cuota líquida autonómica del IRPF

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min

Relacionados:

Vademecum: irpf

Fecha última revisión: 15/04/2025


La cuota líquida autonómica será el resultado de disminuir la cuota íntegra autonómica en la suma de (artículo 77 de la LIRPF) :

  • El 50% del importe total de las deducciones previstas en los apartados 2, 3, 4 y 5 del artículo 68 de la LIRPF.
  • El importe de las deducciones establecidas por la comunidad autónoma.

El resultado de las operaciones a que se refiere el apartado anterior no podrá ser negativo.


 

En resumen, tanto la cuota líquida estatal como la cuota líquida autonómica se obtienen aplicando las deducciones correspondientes a la cuota íntegra estatal y a la cuota íntegra autonómica, respectivamente, y asegurando que el resultado no sea negativo.