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10/03/2026
irpf
Consideración de ciertas rentas que retribuyen un trabajo al margen de una relación laboral o mercantil como rendimientos del trabajo
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Legislación
Vademecum: irpf
Fecha última revisión: 10/03/2026
Por lo que se refiere a los rendimientos de trabajo obtenidos al margen de una relación laboral y/o mercantil, podemos encontrarnos con varios supuestos:
- Los apartados 2.c) y 3 del artículo 17 de la LIRPF califican como rendimientos de trabajo los derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares; excepto cuando supongan la ordenación por cuenta propia de los medios de...
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