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06/04/2026
irpf
Actividades incluidas en la estimación objetiva del IRPF y régimen especial simplificado de IVA
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Vademecum: irpf
Fecha última revisión: 06/04/2026
De conformidad con el artículo 32 del RIRPF y el artículo 37 del RIVA, el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA serán aplicables a las actividades o sectores de actividad que a continuación se mencionan (artículo 1 de la Orden de módulos para 2026):
IAE | Actividad económica |
|---|---|
División 0 | Ganadería independiente. |
– | Servicios de cría, guarda y engorde de ganado.... |
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