Última revisión
26/04/2023
contratacionpublica
¿Cuáles son los principales órganos consultivos en la contratación pública?
Relacionados:
Vademecum: Contratación pública
Fecha última revisión: 26/04/2023
Resumen:
Los órganos consultivos en materia de contratación pública se regulan en los artículos 328 a 334 de la LCSP. Estos órganos tienen como fin consultar y regular en materia de Contratación Pública, velar por su correcta aplicación y promover la concurrencia. Esta esquema ofrece información sobre los órganos consultivos a nivel estatal, como el Ministerio de Hacienda y Función Pública, Comisión Europea, Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación y la Oficina Nacional de Evaluación, así como de la Estrategia Nacional de Contratación que aprueba el Comité de Cooperación.
Los órganos consultivos en materia de contratación pública se regulan en los artículos 328 a 334 de la LCSP.
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