Última revisión
12/04/2023
contratacionpublica
Forma de determinación del objeto de los contratos celebrados en el sector público
Relacionados:
Vademecum: Contratación pública
Fecha última revisión: 12/04/2023
Resumen:
El objeto de los contratos del sector público debe ser determinado de acuerdo a las necesidades o funcionalidades concretas que se pretendan satisfacer. Siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permita, deberá preverse la realización independiente de cada una de sus partes mediante su división de lotes, salvo en los casos en los que los motivos válidos sean justificados debidamente en el expediente. Además, se podrán reservar lotes a favor de centros especiales de empleo o entidades específicas. El órgano de contratación también podrá permitir que se presenten ofertas integradoras cumpliendo los requisitos establecidos.
En primer lugar, señalar que el objeto de los contratos del sector público deberá ser determinado. El mismo se podrá definir en atención a las necesidades o funcionalidades concretas que se …
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