Última revisión
26/04/2023
contratacionpublica
¿Cómo es la tramitación de la solicitud de medidas cautelares antes de la interposición del recurso especial en materia de la contratación pública?
Relacionados:
Vademecum: Contratación pública
Fecha última revisión: 26/04/2023
Resumen:
Antes de la interposición del recurso especial en materia de contratación, las personas legitimadas para ello pueden solicitar al órgano competente para resolver el recurso la adopción de medidas cautelares. Estas van dirigidas a corregir infracciones de procedimiento o impedir daños a los intereses afectados. El órgano competente para resolver el recurso deberá adoptar una decisión motivada en un plazo de 5 días hábiles. Las medidas solicitadas podrán incluir suspender el procedimiento de adjudicación del contrato o la ejecución de cualquier decisión de los órganos de contratación. En caso de perjuicios, podrá haber caución o garantía. Si no se interpone el recurso, la medida cautelar decaerá.
Se regula la solicitud de medidas cautelares en el recurso especial en materia de contratación en el artículo 49 de la LCSP.
Momento para solicitar las medidas cautelares
¿Cuándo se podrán solicitar …
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