Poder adjudicador
Fecha última revisión: 23/02/2022
Concepto:
El poder adjudicador es, en el ámbito de la contratación pública, aquella entidad con potestad para adjudicar contratos administrativos. Tiene naturaleza de poder adjudicador, además de la previsible Administración pública, las fundaciones públicas, las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, toda entidad con personalidad jurídica distinta a las precitadas que haya sido creada para satisfacer necesidades de interés general, y las asociaciones constituidas por las ya citadas entidades.
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