Litisconsorcio necesario

Litisconsorcio necesario

Fecha última revisión: 25/02/2022


Concepto:

El litisconsorcio necesario es una tipología de litisconsorcio (la existencia de una pluralidad de demandantes o de demandados que compartan título o causa a pedir) que se articula como obligatoria, ya sea por imposición legal o por la naturaleza de la relación jurídica, para la correcta sustanciación del procedimiento.

Como tal, el litisconsorcio necesario, ya sea activo (litisconsorcio activo necesario) o pasivo (litisconsorcio pasivo necesario) se justifica en la necesidad de evitar un deficiente efecto de cosa juzgada ante la imposibilidad material, por parte de todos aquellos que debieron ser parte del procedimiento, de defenderse o alegar todo lo que estimasen pertinente; incluso, se trata de evitar posibles pronunciamientos contradictorios de procedimientos independientes en los que hayan participado los que debieron formar parte de la litis.

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