Concurso medial
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Concurso medial

Concurso medial

Fecha última revisión: 09/02/2022

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Concepto:

El concurso medial es una modalidad de concurso de delitos que implica la existencia de dos figuras delictivas que interactúan con una finalidad funcional, es decir, un delito sirve como medio para la comisión del otro. A efectos de cálculo, se impondrá una pena superior a la que habría correspondido para la infracción más grave pero que en ningún caso podrá exceder la suma de las penas concretas aplicadas por separado.


Art. Relacionados:
Código penal

1. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores no es aplicable en el caso de que un solo hecho constituya dos o más delitos, o cuando uno de ellos sea medio necesario para cometer el otro.

2. En el primer caso, se aplicará en su mitad superior la pena prevista para la infracción más grave, sin que pueda exceder de la que represente la suma de las que correspondería aplicar si se penaran separadamente las infracciones. Cuando la pena así computada exceda de este límite, se sancionarán las infracciones por separado.

3. En el segundo, se impondrá una pena superior a la que habría correspondido, en el caso concreto, por la infracción más grave, y que no podrá exceder de la suma de las penas concretas que hubieran sido impuestas separadamente por cada uno de los delitos. Dentro de estos límites, el juez o tribunal individualizará la pena conforme a los criterios expresados en el artículo 66. En todo caso, la pena impuesta no podrá exceder del límite de duración previsto en el artículo anterior.


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