Última revisión
01/04/2025
Caso práctico: ¿Qué hora se tiene en cuenta al presentar un escrito en Canarias?
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 01/04/2025
El artículo 31.2 de la LPACAP establece que los registros electrónicos se rigen por la hora oficial de cada sede, lo que implica desafíos cuando hay diferencias horarias entre presentante y sede, como se demuestra en la STSJ de Canarias n.º 851/2022, de 20 de diciembre, ECLI:ES:TSJICAN:2022:4137. Este fallo destaca la inseguridad jurídica y el potencial incumplimiento del principio de igualdad al tomar como referencia el huso horario en Canarias, recortando el plazo legal para la presentación de recursos y afectando el derecho a la tutela judicial efectiva.
PLANTEAMIENTO
El Tribunal Económico Administrativo Regional de Canarias aprueba una liquidación provisional del Impuesto de Sociedades de la mercantil «A», domiciliada en Tenerife, que se le notificada el 15 de enero de 2024.
Contra dicho acuerdo de liquidación, «A» contaba con el plazo de un mes para presentar recurso de reposición.
La mercantil presenta el recurso de reposición contra la referida l...
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 2 practicos en el vademecum de administrativo.
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestro vademecum de administrativoSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder