Última revisión
21/05/2024
administrativo
¿Qué diferencia existe entre la capacidad jurídica y la capacidad de obrar del administrado ante la Administración?
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Tiempo de lectura: 6 min
Vademecum: administrativo
Fecha última revisión: 13/05/2024
En relación al administrado y su capacidad debemos diferenciar entre la capacidad de obrar y la capacidad jurídica; la primera es la aptitud que permite operar personalmente al individuo ejercitando sus propios derechos, y la segunda es la aptitud para ser sujeto de derechos y obligaciones. Por otra parte ,hay causas que pueden modificar la capacidad de obrar:
- La edad.
- La nacionalidad.
- La enfermedad.
- La privación de derechos por condena penal o sanción administrativa.
En relación a la capacidad del administrado (ciudadano), en el derecho administrativo se establece la distinción entre capacidad de obrar y capacidad jurídica. Esto se debe a que no tiene la misma importancia que en el derecho privado, ya que se permite el ejercicio de los derechos a todos aquellos a quienes se les reconoce aptitud para entablar relaciones con la Administración pública.
Diferencia ...
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