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Última revisión
20/05/2025

administrativo

¿Cómo se realiza el emplazamiento de los demandados en el procedimiento contencioso-administrativo?

Tiempo de lectura: 7 min

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Vademecum: administrativo

Fecha última revisión: 08/05/2024

Resumen:

Como regla general, dispone el art. 49 de la LJCA que la resolución que acuerde remitir el expediente se notificará en los 5 días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de 9 días.

En materia de contratación, se emplazará como parte demanda a las personas, distintas del recurrente, que hubieren comparecido en el recurso administrativo, para que puedan personarse como demandados en el plazo de 9 días.

En cuanto al emplazamiento de la Administración, el art. 50 de la LJCA dispone que se entenderá efectuado por la reclamación del expediente.


La sección 3.ª sobre «Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso» se regula en los artículos 49-51 de la LJCA.

Emplazamiento de los demandados

El artículo 49 de la LJCA establece que la resolución por la que se acuerde la remisión del expediente será notificada, en el plazo de los cinco días siguientes a su adopción, a todos los interesados que aparezcan en él. Esto es conocido como ...