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Última revisión
28/09/2026
Esquema sobre la iniciación del procedimiento abreviado
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Tiempo de lectura: 1 min
Fecha última revisión: 28/09/2026
Resumen:
Las secciones de lo contencioso-adm. de los tribunales de instancia y, en su caso, la sección de lo contencioso-adm. del Tribunal Central de Instancia de este orden jurisdiccional conocen, por el procedimiento abreviado, de los asuntos de su competencia que se susciten sobre cuestiones de personal al servicio de las Administraciones públicas, sobre extranjería y sobre inadmisión de peticiones de asilo político, asuntos de disciplina deportiva en materia de dopaje, así como todas aquellas cuya cuantía no supere los 30.000 euros (art. 78 LJCA).
