Articulo 56119 Código Civil de Cataluña
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 561-19. Expropiación forzosa de los bienes usufructuados
Vigente
Se aplican al justiprecio, en caso de expropiación forzosa de los bienes objeto del usufructo, las reglas del usufructo de dinero del artículo 561-33, salvo que las personas interesadas pacten otra cosa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003