Articulo 519 T.R. Ley Concursal
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 519. Prejudicialidad penal.
Vigente
La incoación de procedimientos criminales relacionados con el deudor o por hechos que tuvieran relación o influencia en el concurso de acreedores no provocará la suspensión de la tramitación de este, ni de ninguna de las secciones en que se divide.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-05-2020 en vigor desde 01-09-2020