Articulo 4228 Código Civil de Cataluña
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Artículo 422-8. Revocabilidad de las disposiciones testamentarias

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1. Las disposiciones testamentarias son esencialmente revocables.

2. En todo caso de revocación subsiste el reconocimiento de hijos no matrimoniales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003