Articulo 4228 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 422-8. Revocabilidad de las disposiciones testamentarias
Vigente
1. Las disposiciones testamentarias son esencialmente revocables.
2. En todo caso de revocación subsiste el reconocimiento de hijos no matrimoniales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003