Articulo 197 quater Código penal
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»Artículo 197 quater.
Vigente
Si los hechos descritos en este Capítulo se hubieran cometido en el seno de una organización o grupo criminal, se aplicarán respectivamente las penas superiores en grado.
Modificaciones
- Modificación realizada (197 quater, se añade) por Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
(BOE de 31-03-2015) en vigor desde 01-07-2015 - Texto Original. Publicado el 24-11-1995 en vigor desde 01-07-2015
Conceptos Jurídicos
- Concepto Jurídico de: Delito de descubrimiento y revelación de secretos