Última revisión
laboral
¿Cómo se cotizarán los salarios de tramitación cuando el trabajador haya estado trabajando en otra empresa?
Relacionados:
Vademecum: Laboral
Orden: laboral
Fecha última revisión: 25/04/2023
Resumen:
Tenemos un abono de salarios de tramitación en los que el trabajador ha estado trabajando en otra empresa, ¿la empresa debe cotizar por la totalidad de los salarios de tramitación devengados o por la diferencia entre estos y la deducción de salarios percibidos en otra empresa? Para dar respuesta a esta pregunta, el Estatuto de los Trabajadores recoge que en cuanto a los salarios de tramitación, «los despidos declarados como improcedentes ante los que la empresa opta por la readmisión de trabajador equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declara la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación».
PLANTEAMIENTO
Tenemos un abono de salarios de tramitación en los que el trabajador ha estado trabajando en otra empresa, ¿la empresa debe cotizar por la totalidad de los salarios de tramitación …
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