Última revisión
laboral
Escrito de la empresa para aceptar o denegar la solicitud del trabajador de revocar su dimisión
Relacionados:
Vademecum: Laboral
Orden: laboral
Fecha última revisión: 19/03/2024
Resumen:
El contrato de trabajo puede extinguirse por dimisión del trabajador [art. 49.1.d) del ET]. Cuando el trabajador presente su dimisión debe cumplir con los plazos de preaviso que señalen los convenios colectivos o el que sea común según la costumbre del lugar. Durante este tiempo, el trabajador puede arrepentirse de su decisión y querer revocar su dimisión y continuar desempeñando su trabajo.
En la sentencia del Tribunal Supremo, rec. 3289/2009, de 1 de julio de 2010, ECLI:ES:TS:2010:5994, se establece que, una vez recibida y aceptada la dimisión del trabajador por el empresario, solo cabe retractación si la empresa la acepta. Esto se debe a la naturaleza extintiva de la aceptación que se perfecciona desde que se comunica expresamente mediante comunicación escrita del trabajador y se acepta por el empresario, produciendo el cese de los efectos de la relación laboral. Por tanto, « la retractación comportaría una reconstrucción del vínculo ?nueva contratación, en definitiva? requirente del concurso de voluntades. Sin embargo, el empresario deberá aceptar la decisión de revocación, salvo que «en la voluntad extintiva no irrogue perjuicio sustancial a la otra parte o a terceros; lo que supone ?tratándose de dimisión preavisada? que antes de la rectificación del trabajador el empresario no haya contratado a otro empleado para sustituir al dimisionario. La buena fe comporta que en tal supuesto (?) se acepte la retractación del trabajador, porque con ello ningún perjuicio se le causa al patrono, y la negativa de éste adquiere visos de conducta abusiva».
Por la empresa [NOMBRE_EMPRESA]
Domicilio [DOMICILIO]
Población [LOCALIDAD]
Sr./Sra. D./D.ª [NOMBRE]
En [LUGAR], a [DÍA] de [MES] de [AÑO].
Muy