Regla 13 Tarifas e instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
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Regla 13 Tarifas e instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas

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Regla 13.ª Tributación por cuota mínima municipal provincial o nacional

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Cuando la actividad de que se trate tenga asignada más de una de las clases de cuotas a que se refiere la Regla 9.ª, el sujeto pasivo podrá optar por el pago de cualquiera de ellas, con las facultades reseñadas en las Reglas 10.ª, 11.ª y 12.ª, respectivamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-09-1990 en vigor desde 19-10-1990