Ley 587 regimen supletoria Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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Ley 587 regimen supletoria Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra

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LEY 587

Vigente

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Régimen

Los arrendamientos de cosas se rigen por lo pactado, por los usos y costumbres del lugar y, supletoriamente, en cuanto no contradigan las leyes especiales recibidas en Navarra, por las disposiciones de esta Compilación.