LEY 473 Retención convencional 473 retencion convencional Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
LEY 473 Retención conven...de Navarra

LEY 473 Retención convencional 473 retencion convencional Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra

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LEY 473

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Retención convencional

Las obligaciones también pueden garantizarse mediante el acuerdo de que el acreedor retenga hasta el cumplimiento la posesión de una cosa o derecho, sin poder alguno de disposición sobre los mismos.

Este derecho podrá inscribirse cuando la naturaleza del objeto lo permita.

Una vez cumplida la obligación, el acreedor deberá restituir e indemnizar conforme a lo establecido para el acreedor pignoraticio en la ley cuatrocientos setenta.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-03-1973 en vigor desde 27-03-1973