LEY 338 Formas 338 formas Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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LEY 338

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Formas

El causante podrá hacer la partición de sus bienes en el mismo acto de disposición mortis causa o en acto separado que revista una de las formas que esta Compilación admite para disponer por causa de muerte.

Si la partición se hiciere en el mismo acto de disposición, y resultare alguna contradicción entre las cláusulas dispositivas y las particionales, prevalecerán éstas sobre aquéllas en la medida de la contradicción.

Si se hiciere en acto separado, las cláusulas particionales no podrán modificar las contenidas en el acto dispositivo, a menos que éste fuera revocable y pudiera ser revocado mediante la forma adoptada para el acto de partición.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-03-1973 en vigor desde 27-03-1973