Ley 271 pretericion Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
Ley 271 pretericion Compi...de Navarra

Ley 271 pretericion Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

LEY 271

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Preterición

La preterición tiene por efecto la nulidad total o parcial de la institución de heredero, pero deja a salvo las demás disposiciones.

Únicamente podrán ejercitar la acción de impugnación el legitimario preterido o sus herederos. El preterido o preteridos que la ejerciten únicamente tendrán derecho a la cuota hereditaria que por sucesión legal del causante les hubiera correspondido.

No se considerarán preteridos los legitimarios a quienes se contemple en los testamentos no otorgados ante Notario aun cuando no se les instituya formalmente en la legítima.