Ley 163 donacion fiduciaria Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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Ley 163 donacion fiduciaria Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra

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LEY 163

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Revocación por ingratitud

También podrán ser revocadas las donaciones por causa de ingratitud en los casos siguientes:

1. Si el donatario comete cualquier delito, causa un daño o realiza voluntariamente una conducta socialmente reprobable contra la persona o bienes del donante o contra personas integrantes de su grupo o comunidad familiar o de sus bienes.

2. Si el donatario niega indebidamente alimentos al donante aun en el supuesto de que existan otras personas obligadas a prestárselos o pueda recibir prestaciones públicas para atender a su sustento.

Caducidad de la acción

La acción de revocación caduca al año desde que el donante conozca o pueda razonablemente conocer el hecho que la fundamente.