Ley 145 intervencion de un 3pariente Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
Ley 145 intervencion de u...de Navarra

Ley 145 intervencion de un 3pariente Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra

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LEY 145

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Reclamación por preferencia de otro pariente

Si por olvido o desconocimiento de la existencia de algún pariente que tenga preferencia, hubiera intervenido otro, será válido lo acordado o decidido, a menos que ante los propios Parientes Mayores se hubiera reclamado dentro de los quince días desde la fecha del conocimiento de haberse otorgado la escritura pública u otro documento en que conste la decisión.