Ley 143 renuncia y recusacion Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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LEY 143

Vigente

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Decisión

Los Parientes Mayores, una vez requeridos al efecto, habrán de dictar su decisión en el plazo de seis meses. Cuando se trate de la elección de heredero entre los hijos u otras personas llamadas genéricamente, no estarán obligados a elegir hasta la mayoría de edad de la menor de las personas llamadas.

El acuerdo deberá consignarse en escritura pública.