Dt 4 Estatuto de los Trabajadores
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»D.T. 4ª. Negociación colectiva y modalidades contractuales.
Vigente
Lo dispuesto en el artículo 15.1.a) en materia de duración máxima del contrato se entiende sin perjuicio de lo que estuviera establecido en los convenios colectivos sectoriales vigentes a 19 de septiembre de 2010 sobre la duración máxima del contrato por obra o servicio determinados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-10-2015 en vigor desde 13-11-2015