Dt 2 consentimiento uxorio Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
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»D.T. 2ª Consentimiento uxorio
Vigente
Si la mujer, con anterioridad a esta Compilación, hubiere otorgado a su esposo, ya simplemente ya con referencia al artículo mil cuatrocientos trece del Código civil, su consentimiento para disponer a título oneroso de bienes de conquista o gananciales, este consentimiento surtirá sus efectos conforme a la Ley ochenta y seis.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-03-1973 en vigor desde 27-03-1973