Df 7 Reglamento de equipos a presión
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D.F. 7ª. Entrada en vigor.

Vigente

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El presente real decreto entrará en vigor el 2 de enero de 2022, salvo la disposición final tercera que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 21 de septiembre de 2021.

FELIPE R.

La Ministra de Industria, Comercio y Turismo,

MARÍA REYES MAROTO ILLERA

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2021 en vigor desde 02-01-2022