Df 5 Medidas de Proteccion Integral contra la Violencia de Genero
Df 5 Medidas de Proteccio... de Genero

Df 5 Medidas de Proteccion Integral contra la Violencia de Genero

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 5ª. Modificaciones reglamentarias.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Gobierno, en el plazo de seis meses desde la aprobación de esta Ley, procederá a la modificación del artículo 116.4 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, estableciendo la obligatoriedad para la Administración Penitenciaria de realizar los programas específicos de tratamiento para internos a que se refiere la presente Ley. En el mismo plazo se procederá a modificar el Real Decreto 738/1997, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ayudas a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, y el Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita.

En el plazo mencionado en el apartado anterior, el Estado y las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adaptarán su normativa a las previsiones contenidas en la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2004 en vigor desde 28-01-2005