Df 5 Investigación biomédica
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D.F. 5ª. Entrada en vigor.

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La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Madrid, 3 de julio de 2007.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-07-2007 en vigor desde 05-07-2007