Df 5 General de Salud Pública
Df 5 General de Salud Pública

Df 5 General de Salud Pública

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 5ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Gobierno y la persona titular del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-10-2011 en vigor desde 06-10-2011