Df 4 Títulos profesionales del sector pesquero
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D.F. 4ª. Entrada en vigor.

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El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 24 de enero de 2014.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente,

MIGUEL ARIAS CAÑETE

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-02-2014 en vigor desde 18-02-2014