Df 2 Ley de asistencia jurídica gratuita
Df 2 Ley de asistencia jurídica gratuita

Df 2 Ley de asistencia jurídica gratuita

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 2ª.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.

Madrid, 10 de enero de 1996.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

FELIPE GONZÁLEZ MARQUEZ

Copyright © 2003 Iberley Información Legal S.L.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-01-1996 en vigor desde 12-07-1996