Da 5 Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de co...reducción de jornada
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Da 5 Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada

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D.A. 5ª. Obligación de depósito de los acuerdos alcanzados en el periodo de consultas que supongan la inaplicación de condiciones de trabajo previstas en convenio colectivo.

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Cuando en el acuerdo alcanzado en el periodo de consultas se incluya la inaplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo en relación con alguna de las condiciones de trabajo a que hace referencia el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa deberá proceder en todo caso al depósito del acuerdo de inaplicación, conforme a lo previsto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-10-2012 en vigor desde 31-10-2012